lunes, 31 de mayo de 2010

Ley de seguridad vial y nuestras scooters

Nueva normativa en la ley de seguridad vial.
Hasta ahora, solo algunas comunidades permitían aparcar las motos en la acera, a partir de la entrada en vigor de la nueva ley esto cambia.
La norma nos dice ahora que las motos están obligadas a aparcar en las zonas reservadas para ellas o en la calzada, y si eso no es posible, se deberá aparcar en línea sobre la acera cuando ésta mida más de 3 metros, o en semibatería cuando mida más de 6 metros. Y para subir a la acera se puede utilizar el motor, pero no para circular por la zona peatonal.

Gracias por el aporte Fer.

2 comentarios:

  1. En algunas ciudades como Madrid...la nueva ley si entraria en vigor. Al fin y al cabo aparcar encima de las aceras se permitira por normativa municipal. En el resto de ciudades españolas...tocara aparcar en los espacios reservados a tal efecto y no encima de las aceras

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  2. Si, en Madrid ya estaba permitido. Lo cierto es que estas leyes valen para poco, porque especifica que se permitirá aparcar siempre que no existan lugares específicos para ello, con lo cual, si llegas a una calle con aparcamiento para motos ocupado, aparcas en la acera y el parking queda libre en el momento en que pase un municipal .... multa, o peor, que se lleven la máquina. Sería buena la opinión de algún municipal.

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